miércoles, 29 de junio de 2011

Asesoramiento gratuito en riesgos laborales, en Cantabria

Asesoramiento gratuito en riesgos laborales, en Cantabria 29/06/2011 12:04:58
Ceoe-Cepyme Cantabria cuenta con un servicio de asesoría gratuita a pymes para que gestionen sus propios planes de prevención de riesgos laborales


Ceoe-Cepyme Cantabria cuenta con un servicio de asesoría gratuita a pequeñas y medianas empresas (PYMES) para que gestionen sus propios planes de prevención de riesgos laborales, bajo el lema 'La Prevención empieza con una llamada 942 365 365'.

La patronal cántabra recuerda que la implantación del Plan de Riesgos Laborales es un obligación legal para todo empresario que tenga trabajadores a su cargo.

Pero, advierte, "muchas empresas, no son conscientes en la actualidad de que aquellas que tienen menos de 10 trabajadores y que no desarrollen actividades de riesgos significativos, pueden desarrollar personalmente la actividad preventiva sin necesidad de contratar con servicios externos, salvo Vigilancia de la Salud de los trabajadores a su cargo".

Esta iniciativa de Ceoe se enmarca dentro de su programa anual en prevención de riesgos laborales.

Se trata de que todos estos empresarios conozcan la normativa y "no se sientan solos" al gestionar la prevención de su empresa.

Asó, a partir de este martes y hasta el 4 de julio, recordará e informará a los empresarios en los principales medios de comunicación de Cantabria de que pueden acudir a CEOE-CEPYME Cantabria para informarse y asesorarse de forma eficiente.

El teléfono de contacto es el 942 365 365 y también se puede encontrar información en la web www.ceoecant.es y www.prevencionyempresa.com, que cuenta con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

http://www.ticpymes.es/Noticias/General/201106290009/Asesoramiento-gratuito-en-riesgos-laborales-en-Cantabria.aspx

Informe Anual EU-OSHA 2010: contar con trabajadores saludables es clave para una recuperación económica sostenible 28/06/2011

Informe Anual EU-OSHA 2010: contar con trabajadores saludables es clave para una recuperación económica sostenible 28/06/2011


En un momento en que Europa sale de la crisis econónica, la EU-OSHA en su Informe Anual de 2010 sigue afirmando que el bienestar de los trabajadores europeos es clave para una recuperación económica sostenible. Los hitos del año incluyen la apertura de la Campaña Lugares de Trabajo Saludables sobre mantenimiento Seguro, la publicación de los resultados de la Encuesta Europea de Empresas sobre Riesgos Nuevos y Emergentes (ESENER), y el ejercicio piloto de la Herramienta Interactiva de Evaluación de Riesgos en Línea (OiRA). El informe también ofrece las perspectivas para 2011.

Lea el comunicado de prensa

Informe Anual 2010 (inglés)

Resumen (disponible en 24 lenguas)
http://osha.europa.eu/es/teaser/eu_osha_annual_report_2010_healthy_workforce_key_to_sustainable_economic_recovery

El vídeo 'Enfermar en el trabajo: La batalla de las víctimas

Un Vídeo de ISTAS en el Festival Internacional de Cine sobre Seguridad y Salud en el Trabajo

El vídeo 'Enfermar en el trabajo: La batalla de las víctimas' elaborado por ISTAS e INFOTV sobre un caso denunciado por CCOO de Aragón ha sido seleccionado para su proyección en el Festival Internacional de Cine y Multimedia que se celebra en Estambul coincidiendo con el XIX Congreso Mundial sobre Seguridad y Salud en el Trabajo.

http://istas.net/Recursos/VID/ISTAS_02754.wmv

miércoles, 22 de junio de 2011

martes, 21 de junio de 2011

Resumen y ponencias de la Jornada Técnica sobre los métodos simplificados de evaluación del riesgo químico

Resumen y ponencias de la Jornada Técnica sobre los métodos simplificados de evaluación del riesgo químico

Fecha 15/06/2011

El día 15 de junio se celebró en Madrid en el INSHT una Jornada sobre “Los métodos simplificados de evaluación del riesgo químico”. La presentación de la misma corrió a cargo de Olga Fernández Martínez como Directora del Centro Nacional de Nuevas Tecnologías de Madrid del INSHT.

La actividad se desarrolló en dos paneles. En el primero se expusieron diversas metodologías y se comentaron los aspectos más importantes tanto en cuanto a su aplicación, con sus ventajas y limitaciones, y las consideraciones estratégicas a tener en cuenta, en especial para la interpretación de los resultados y la elaboración de una planificación preventiva integrada y eficaz. En el segundo panel se presentaron experiencias en la aplicación de estos métodos.

Las ponencias de dicha jornada se pueden consultar a partir de los documentos “pdf” que figuran a continuación.

Dolores Romano (pdf, 814 Kbytes)

Encarnación Sousa (pdf, 2,46 Mbytes)

Javier Truchado (pdf, 233 Kbytes)

Joaquín Quirós (pdf, 4,47 Mbytes)

Nuria Cavalle (pdf, 1,14 Mbytes)

Pere Oleart (pdf, 3,57 Mbytes)

Rudolf van der Haar (pdf, 1,11 Mbytes)

Santos Huertas (pdf, 581 Kbytes)

Silvia Martínez (pdf, 675 Kbytes)

http://www.insht.es/portal/site/Insht/menuitem.1f1a3bc79ab34c578c2e8884060961ca/?vgnextoid=098631dd88ca0310VgnVCM1000008130110aRCRD&vgnextchannel=25d44a7f8a651110VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

UTIL-INTERESANTES VIDEOS "El noble oficio de la construcción"


Durante semanas se han emitido videos en TVE 2 sobre el noble oficio de la construcción .Aqui os dejo los enlaces.Hoy martes parace que emiten todo el documental como despedida.

Espero que os sea útil
VIDEOS El noble oficio de la construcción
Historia de los Oficios 1- Presentación - La aventura del saber Presentación
http://www.youtube.com/watch?v=Y1gFtHnHn0E
La Aventura del Saber - Historia de los Oficios - Parte 2
http://www.youtube.com/watch?v=TPAkoHbTF4k
Historia de los Oficios 3 - Encofrador - La Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=yoYu6uId50s
Historia de los Oficios 4 - Pintura - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=utiEOPhXfmc
Historia de los Oficios 5: Solador, Musivario y Alicatador - Aventura del Saber -
http://www.youtube.com/watch?v=toiWFN9BvLY
Historia de los Oficios 6 - COEX - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=z52HUq_86MY
Historia de los Oficios 7 - Topógrafo - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=eNt6-cEGIGg&feature=related
Historia de los Oficios 8 - Maquinista - Aventura del saber
http://www.youtube.com/watch?v=9FAhIYn9rS0&feature=related
Historia de los oficios 9 - Ferrallista - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=KxQ0g8_3MI8&feature=related
Historia de los Oficios 10 - Instalador - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=pHNjzJz0IsU&feature=related
Historia de los Oficios 11 -Cantero - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=WPPw33Dvsa8&feature=related
Historia de los Oficios 12 - Albañileria - Aventura del Saber
http://www.youtube.com/watch?v=D8rPN-l5UCE&feature=related

Jornada Técnica sobre Códigos de Buenas Prácticas

 
Jornada Técnica sobre Códigos de Buenas Prácticas

Fecha 30/06/2011

Los avances conseguidos en materia de prevención de riesgos laborales durante los últimos años, como lo muestra el descenso continuado de los índices de incidencia de los accidentes de trabajo, requieren y precisan una continuidad. Este proceso de continuidad que permite un marco de sostenibilidad de la prevención en la empresa, tiene dos referentes esenciales considerados indiscutibles: la integración de la prevención en la gestión empresarial y la promoción de la cultura preventiva. Ambos elementos son, según consenso generalizado, lo que permiten materializar en el día a día de la empresa un compromiso firme a favor de la salud y seguridad y una efectiva intervención preventiva.

En las estrategias de sostenibilidad juegan un papel primordial los sistemas expertos como agentes de cambio. Los profesionales de la prevención tienen aquí un papel esencial de guía para la mejora continua, promoviendo la integración estructural y cultural de los objetivos de prevención y facilitando la implicación de todos los estamentos de la empresa en la acción preventiva.

Se abre, pues, una nueva etapa que requiere un compromiso firme por parte de los Servicios de Prevención con lo que la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo (2007-2012) ha definido como uno de sus objetivos esenciales: “mejorar la eficacia y la calidad del sistema de prevención” (objetivo 2).

La encomienda de gestión de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social al INSHT para el 2010 incluía, entre sus líneas de actuación, el “Promover la incorporación de buenas prácticas en prevención”.

En esta jornada técnica, el INSHT atendiendo a las obligaciones dimanadas de la Estrategia y la encomienda de gestión, presenta los resultados relativos a las evidencias científicas y bibliográficas sobre buenas prácticas profesionales, vinculados a la gestión de la prevención, la evaluación de riesgos, y la formación e información a los trabajadores.

Lugar de celebración: Salón de actos del INSHT (C/ Torrelaguna, 73, Madrid)

Organiza: Servicios Centrales del INSHT

Fecha: 30 de junio de 2011

Programa. (pdf, 403 Kbytes)

Solicitud de inscripción.

Códigos de Buenas Prácticas en actividades preventivas

lunes, 20 de junio de 2011

Planes de autoprotección y evacuación. El comportamiento humano es la evacuación

Planes de autoprotección y evacuación. El comportamiento humano es la evacuación
 
 
"Un elemento crítico en relación con la posibilidad de evacuación es el tiempo",
 
Autor--Rafael Ruiz Calatrava.
 
PUBLICADO EN PREVENCION24 HORAS.COM

Para leer este artículo ir al enlace
 
http://prevencion24horas.com:80/periodico/actualidad/planes_de_autoproteccion_y_evacuacion_el_comportamiento_humano_es_la_evacuacion-2406.html
 






umivale prevención referencia preventiva para los trabajadores autónomos

umivale prevención referencia preventiva para los trabajadores autónomos

Desde su lanzamiento, el contrato para trabajadores autónomos diseñado por la Sociedad de Prevención de umivale, se ha convertido en la herramienta básica de referencia a la que cada día se adhieren más profesionales que necesitan y quieren hacer frente a sus responsabilidades preventivas.
La Sociedad de Prevención de umivale ha hecho un esfuerzo más que notable por acercarse a aquellos autónomos sin trabajadores a su cargo y que por razón de su actividad acceden a empresas, cada día más en número, que exigen un cumplimiento estricto de la normativa de     prevención de riesgos laborales.

Las ventajas para el trabajador autónomo que concierta con umivale prevención son indiscutibles porque, por un lado, mejora su empleabilidad, respondiendo a las demandas de las empresas contratantes y por otro, facilita el control de sus costes, optimizando los propios de la prevención sin renunciar ni a la eficacia, ni a la calidad, ni a la agilidad que al autónomo le exigen sus clientes. 

El contrato cubre las necesidades técnicas y las sanitarias. Dentro del primer grupo, destacan las fichas que permiten al profesional identificar y reducir sus riesgos adoptando las medidas preventivas adecuadas, incluyendo en caso de necesidad los Epi´s (Equipos de Protección individual) y la protección colectiva necesaria. Contempla la posibilidad de realizar la formación necesaria de manera presencial u online, eligiendo el lugar, día y hora vía web. El Autónomo dispone de un soporte documental de apoyo para toda su gestión: El Manual de Gestión para la Prevención del Autónomo, que servirá de solución y guía ante las posibles dudas en el ámbito de la responsabilidad, las obligaciones y las sanciones.
 La acción preventiva-sanitaria incluye la realización de la analítica de sangre adecuada a la tipología de riesgo, el reconocimiento médico y el certificado de aptitud.

El trabajador autónomo no es ajeno a lo crítico que resulta ser competitivo en la actual coyuntura socio-económica. Hacer frente con eficacia a sus exigencias preventivas trae consigo un primer efecto beneficioso indiscutible, su propia salud. Además, le confiere un plus a la hora de ser tenido en cuenta como posible proveedor de sus clientes. El profesional aportará un valor más y su cliente tendrá un riesgo menos.

viernes, 17 de junio de 2011

Consejo Ministros hoy 17 APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

    Refuerza la Inspección de Trabajo, crea una nueva Escala de Subinspectores especializados en seguridad y salud, y adapta su organización a los traspasos a las Comunidades Autónomas.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley para la reforma de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El Proyecto tiene los siguientes objetivos:

    Reforzar la Inspección de Trabajo convirtiéndola en un instrumento más especializado y con mayor capacidad en la lucha contra el fraude, con mejores medios tecnológicos para hacer frente a los nuevos retos, y nuevos funcionarios especializados en materias de seguridad y salud,
    Dotarla de una organización más adecuada al actual escenario competencial y que permita una mejor cooperación entre las administraciones general y autonómicas.

Nueva escala de subinspectores

Con ese objetivo, el Proyecto de Ley presenta dos contenidos básicos:

1) Aumenta la potencialidad del Sistema de Inspección, incrementando las facultades del personal para conseguir una mayor capacidad en la lucha contra el fraude, especialmente en materia de contratación y trabajo de menores.

Crea una nueva escala de Subinspectores especializados en seguridad y salud que permitirá incrementar las actuaciones de vigilancia del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

A la vez, regula el empleo de las nuevas tecnologías y sistemas de información, poniéndolas al servicio de la actividad inspectora para conseguir mayor eficacia en la actuación.

2) Establece un marco jurídico que preserve la unidad de la institución y la haga compatible con el ejercicio de competencias sobre la función inspectora por parte de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, configurando un nuevo soporte institucional basado en los siguientes aspectos:

    Refuerzo de la cooperación multilateral a través de una Conferencia Sectorial de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de la cooperación bilateral entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica en cada territorio.
    Creación de un órgano específico de participación de las Comunidades Autónomas en la dirección del Sistema, denominado Autoridad General, que permitirá integrar a las Comunidades Autónomas. en el proceso de toma de decisiones respecto de las cuestiones esenciales del Sistema en su conjunto.
    Incremento de la participación de las organizaciones empresariales y sindicales en el Sistema de Inspección a través de la Comisión Consultiva Tripartita.

Además, define el régimen jurídico del personal inspector con un régimen común (carácter nacional de los cuerpos de inspección, ingreso y selección únicos, y movilidad entre Administraciones) y garantiza, de modo esencial, el principio de unidad de función y actuación, que permite a los Inspectores y Subinspectores adoptar medidas en todas las materias socio-laborales, ya sean de competencia estatal o autonómica, con independencia de la adscripción del funcionario a una u otra Administración.

Consonancia con la OIT

El contenido del Proyecto de Ley está en consonancia con lo aprobado en materia de Administración e Inspección de Trabajo en la 100 Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo, celebrada recientemente en Ginebra, cuyas conclusiones se centran en:

    Necesidad de reforzar los sistemas de inspección en todo el ámbito competencial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
    Necesidad de mantener una Autoridad Central e incrementar la coordinación con las Administraciones Territoriales.
    Necesidad de reforzar los mecanismos de cooperación con los agentes sociales.
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2011/refc20110617.htm#Inspeccion

IMPORTANTE Consejo de Ministros de hoy viernes 17 Aprobado RD actividad sanitaria

REGULADA LA ACTIVIDAD SANITARIA EN LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

    La norma trata de mejorar la calidad de la actividad sanitaria realizada por los servicios de prevención de riesgos laborales y homogeneizar las acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional.
    La dirección técnica de los servicios sanitarios de prevención de riesgos laborales deberá ser realizada por especialistas en medicina del trabajo o diplomados en medicina de empresa.
    Los servicios de prevención deberán contar con los recursos materiales necesarios para garantizar la vigilancia de la salud de los trabajadores.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regulará la actividad sanitaria de los servicios de prevención de riesgos laborales. Esta nueva norma tiene dos objetivos fundamentales: por un lado, mejorar la calidad de la actividad sanitaria realizada por los servicios de prevención de riesgos laborales; por otro, homogeneizar las acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores en todo el territorio nacional.

El primero de los objetivos se quiere alcanzar mediante el establecimiento de unos requisitos mínimos que deberán cumplir los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para poder ser autorizados. Éste era uno de los objetivos fijados en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo para el período 2007-2012 para mejorar la calidad de la vigilancia de la salud de los trabajadores.

El nuevo Real Decreto se enmarca en el ámbito de la salud laboral. En este ámbito las competencias de las administraciones sanitarias están establecidas en la Ley General de Sanidad, de 1986; en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de 1995, y en la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, de 2003.

Principales aportaciones

El Real Decreto incorpora, entre sus aspectos más significativos, la definición de las actividades sanitarias que deben garantizar los servicios de prevención para mejorar la protección y promoción de la salud de los trabajadores. El Real Decreto quiere contribuir a corregir prácticas inadecuadas como la realización de exámenes de salud no relacionados con el riesgo laboral.

Además, en este apartado se indica que las actividades de promoción de la salud y de vigilancia epidemiológica en el lugar de trabajo deberán realizarse de forma coordinada con las autoridades sanitarias. Del mismo modo, el texto incluye el desarrollo de programas de formación, información e investigación en el ámbito salud laboral.

El Real Decreto también refuerza la figura del médico especialista en medicina del trabajo. Para ello, recoge que el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales deberá contar con un especialista en medicina del trabajo como director técnico. Asimismo, se precisa la cualificación y número de profesionales sanitarios requeridos para el ejercicio de la actividad sanitaria en función de los trabajadores tutelados, que serán adecuados a la población que haya que vigilar, a los riesgos existentes y a las funciones que vayan a desarrollar.

El texto establece que hasta dos mil trabajadores se exigirá una unidad básica compuesta por un médico del trabajo o de empresa y un enfermero de empresa o del trabajo. Con ello el Real Decreto fija unos criterios mínimos que deben ser asumidos y exigidos por todas las Comunidades Autónomas. Para fijar este ratio se han tenido presente las tasas del resto de las especialidades médicas que intervienen en el Sistema Nacional de Salud.

El Real Decreto también establece que para mejorar la calidad del servicio podrán participar en la actividad sanitaria otros médicos o enfermeros especialistas en posesión del título oficial, siempre en función de la capacitación asociada a su especialidad o disciplina.

Recursos materiales y equipos

En relación a los recursos materiales y equipamiento con los que deben dotarse los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales, el Real Decreto señala que dichos servicios sanitarios deberán disponer de espacios adecuados para el acceso y recepción de los usuarios. Del mismo modo, deberán contar con una zona de atención (consultas y gabinetes), los apoyos generales del servicio y una zona de personal para garantizar la intimidad de las personas en un área específica separada del resto del servicio de prevención, sin que ello impida la coordinación interdisciplinar cuando sea necesaria.

El servicio sanitario podrá establecerse en locales propios, alquilados o cedidos, que deberán cumplir requisitos como disponer, en su acceso, de una placa que identifique y recoja los datos de autorización sanitaria, y deberán ser de uso exclusivo del servicio de prevención en las horas en las que éste disponga de ellos, entre otras características.

Además, el servicio sanitario contará con equipos y materiales adecuados para realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores en función de los riesgos derivados del trabajo de la empresa. De igual manera, se dispondrá de equipos y material de archivo para garantizar la confidencialidad de los datos de acuerdo a la normativa de protección de datos personales.

Del mismo modo, se especifican los procedimientos para establecer acuerdos de colaboración entre servicios de prevención ajenos y la subcontratación en el caso de los servicios de prevención propios. A este respecto, se señala que no se podrá encomendar la elaboración del programa específico de vigilancia de la salud ni la vigilancia de la salud colectiva.

Control y seguimiento

El Real Decreto establece el seguimiento, control y calidad de sus actuaciones por parte de las autoridades sanitarias. En este sentido, el texto prevé que el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad deberá elaborar una guía básica y general de orientación de las actividades de vigilancia de la salud para la prevención de riesgos laborales que incluirá criterios de buena práctica profesional de calidad de la actividad sanitaria en prevención de riesgos laborales, en coordinación con las Comunidades Autónomas.

http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2011/refc20110617.htm#Inspeccion
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2011/refc20110617.htm#Inspeccion